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septiembre 28, 2026

Cómo obtener el número de la Seguridad Social tras solicitar la regularización extraordinaria

Esta guía explica cómo hacerlo sin confundir el NUSS con el permiso de trabajo

Cómo obtener el número de la Seguridad Social con la regularización extraordinaria de 2026

Has presentado la solicitud de regularización extraordinaria, encuentras una empresa dispuesta a contratarte y surge un obstáculo: te pide el número de la Seguridad Social (NUSS), pero todavía no lo has recibido. Es una situación que requiere distinguir tres pasos: la presentación de la solicitud, la comunicación que te habilita provisionalmente para trabajar y el alta laboral.

La regularización extraordinaria de 2026 preveía la asignación de oficio del NUSS con el inicio del procedimiento. Si el número tarda en llegar, puedes comprobar si ya figura en la Tesorería y solicitar ayuda para resolver la incidencia. Esta guía explica cómo hacerlo sin confundir el NUSS con el permiso de trabajo.

¿Cuándo puedes trabajar con la regularización extraordinaria?

La clave es la comunicación de inicio de la tramitación, en la que debe constar la habilitación provisional para trabajar. El simple justificante de haber presentado la solicitud no es esa comunicación. Una vez emitida, la habilitación permite trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte de España y en cualquier sector mientras se resuelve el expediente.

Antes de aceptar una fecha de incorporación, revisa el documento recibido. Si la solicitud la presentó un abogado o representante, comprueba también con él las notificaciones: la información oficial indica que pueden llegar preferentemente a quien gestionó el expediente.

El plazo para presentar nuevas solicitudes de esta regularización terminó el 30 de junio de 2026. Los expedientes presentados dentro de plazo pueden seguir en tramitación; el cierre del plazo no elimina por sí mismo la habilitación provisional de quien ya la obtuvo.

El NUSS se asigna de oficio: qué comprobar primero

El NUSS es el número con el que la Seguridad Social te identifica. La información oficial sobre la regularización señala que se obtiene de oficio al iniciarse el procedimiento, por lo que no conviene dar por hecho que debes solicitar otro solo porque no hayas recibido una carta.

Sigue este orden:

  1. Comprueba la comunicación de inicio. Verifica que te habilita provisionalmente para trabajar.
  2. Revisa las notificaciones y el domicilio facilitado. Si actuaste mediante representante, pídele que compruebe las comunicaciones del expediente.
  3. Consulta si el NUSS ya está asignado. Accede al servicio oficial de acreditación del número de la Seguridad Social. Si figura, descarga el PDF para entregarlo a la empresa.
  4. Si no aparece, contacta con la Tesorería. Facilita tu documento identificativo y la comunicación de inicio para que comprueben la asignación. También puedes utilizar el servicio oficial «Solicitar el Número de la Seguridad Social» en Importass si la comprobación confirma que aún no tienes uno.

¿Cómo solicitar el NUSS sin certificado digital?

Importass permite presentar la solicitud sin Cl@ve ni certificado digital. En ese caso tendrás que introducir tus datos, hacerte un selfie y adjuntar fotografías del documento de identidad. Ten preparado el modelo TA.1, asociado al trámite. Comprueba que tus nombres, apellidos y número de documento coincidan con los que figuran en tu expediente de regularización.

Si el sistema no localiza tu identidad o la empresa no consigue tramitar el alta, guarda el mensaje de error. Ayudará a explicar la incidencia ante la Tesorería.

¿Puede la empresa ayudarte a obtener el número?

Sí. La Seguridad Social contempla que el empleador solicite la asignación del número cuando la persona que va a incorporar todavía no dispone de él. Entrega a la empresa tu comunicación de inicio, tu documento identificativo y, si ya lo has obtenido, la acreditación del NUSS. La gestoría podrá comprobar qué gestión falta para tramitar el alta.

Tener NUSS no significa estar dado de alta. Para comenzar una actividad por cuenta ajena, la empresa debe gestionar el alta correspondiente. Si vas a ejercer por cuenta propia, necesitarás tramitar el alta aplicable a esa actividad. El número identifica a la persona; el alta registra su incorporación al sistema.

¿Qué ocurre si deniegan la regularización mientras trabajas?

La habilitación para trabajar es provisional. Si se deniega la solicitud, pierde su vigencia automáticamente. La norma establece que, si trabajas por cuenta ajena, debes comunicar de inmediato a tu empleador el sentido de la resolución. Por eso es esencial atender las notificaciones y responder a tiempo a cualquier requerimiento del expediente.

Si necesitas valorar otras vías de residencia y trabajo, puedes consultar la información del despacho sobre arraigo sociolaboral y arraigo socioformativo. Cada procedimiento tiene requisitos propios.

Preguntas frecuentes

Tengo el resguardo de presentación. ¿Puedo empezar mañana?

El resguardo, por sí solo, no acredita la habilitación provisional. Comprueba que hayas recibido la comunicación de inicio de la tramitación donde conste expresamente el derecho a trabajar.

No me ha llegado el NUSS. ¿Debo esperar sin hacer nada?

Comprueba primero si ya está asignado mediante el servicio de acreditación. Si no figura, consulta la incidencia con la Tesorería y coordínate con la empresa o su gestoría para preparar el alta.

¿Necesito la TIE para que me contraten?

La habilitación provisional se acredita mediante la comunicación de inicio, sin esperar a la resolución favorable ni a la expedición de la TIE. La empresa necesitará, además, los datos y gestiones necesarios para formalizar tu alta.

Conclusión: prepara la contratación en el orden correcto

Si solicitaste la regularización extraordinaria de 2026, localiza primero la comunicación que te habilita para trabajar. Después, consulta tu NUSS; puede estar asignado aunque aún no hayas recibido su notificación. Facilita ambos documentos a la empresa para que gestione el alta antes de tu incorporación.

En Extranjería Justa revisamos la documentación de tu expediente, la habilitación provisional y las incidencias que impidan formalizar una contratación. Reserva una consulta con nuestro despacho si tienes una oferta de trabajo y no sabes qué documento o trámite te falta.

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