Esta guía explica cuánto dinero exige Extranjería en los procedimientos más frecuentes, cómo calcularlo para varios familiares y qué documentación resulta más convincente para demostrar la disponibilidad real de los fondos.
Acreditar recursos suficientes es uno de los requisitos que más dudas y denegaciones genera en los procedimientos de extranjería. El problema es que no existe una cantidad única aplicable a todas las autorizaciones: algunos trámites utilizan el IPREM, otros toman como referencia el SMI y, en determinados procedimientos, no hay un porcentaje automático.
En 2026, el IPREM permanece en 600 euros mensuales, mientras que el salario mínimo interprofesional se ha fijado en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, con efectos desde el 1 de enero de 2026.
Importante: las cifras son referencias mínimas. Cumplir matemáticamente el porcentaje no garantiza la concesión si el dinero no está disponible, los ingresos son irregulares o no puede justificarse su procedencia.
IPREM y SMI en 2026: cantidades actualizadas
Antes de realizar cualquier cálculo conviene diferenciar los dos indicadores.
El IPREM —Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples— se utiliza para calcular numerosos requisitos económicos en materia de residencia, estancia por estudios y reagrupación familiar.
El SMI —Salario Mínimo Interprofesional— determina la remuneración mínima laboral y también se utiliza en determinados procedimientos para valorar contratos, salarios y la solvencia de empleadores.
| Indicador en 2026 | Importe |
|---|---|
| IPREM diario | 20 € |
| IPREM mensual | 600 € |
| IPREM anual en 12 pagas | 7.200 € |
| IPREM anual en 14 pagas | 8.400 € |
| SMI diario | 40,70 € |
| SMI mensual en 14 pagas | 1.221 € |
| SMI anual | 17.094 € |
| SMI mensual prorrateado en 12 pagas | 1.424,50 € |
El SMI fue actualizado mediante el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero. El IPREM continúa en 600 euros mensuales al no haberse aprobado una actualización posterior a la establecida en la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado.
¿Debo usar el SMI de 1.221 o el de 1.424,50 euros?
Ambas cifras representan el mismo SMI anual:
- 1.221 × 14 pagas = 17.094 euros anuales.
- 1.424,50 × 12 mensualidades = 17.094 euros anuales.
Cuando la norma habla de una cantidad mensual vinculada al SMI, debe revisarse si utiliza la mensualidad ordinaria o el salario anual prorrateado. No conviene aplicar automáticamente 1.221 euros a cualquier autorización, especialmente cuando la Administración publica una cantidad mensual calculada sobre el SMI anual.
Tabla de medios económicos de Extranjería en 2026
Estas son las referencias generales de los procedimientos más habituales:
| Procedimiento | Porcentaje aplicable | Cantidad mensual en 2026 |
|---|---|---|
| Estancia por estudios: estudiante | 100 % del IPREM | 600 € |
| Primer familiar del estudiante | 75 % del IPREM | 450 € |
| Cada familiar adicional del estudiante | 50 % del IPREM | 300 € |
| Residencia no lucrativa: solicitante | 400 % del IPREM | 2.400 € |
| Residencia no lucrativa: cada familiar | 100 % del IPREM | 600 € |
| Reagrupación: reagrupante y un familiar | 150 % del IPREM | 900 € |
| Cada miembro adicional en reagrupación | 50 % del IPREM | 300 € |
| Arraigo social con vínculos familiares | Mínimo 100 % del IPREM | 600 € |
| Empleador persona física sin familiares | 50 % del SMI | 610,50 €* |
| Unidad familiar del empleador de dos miembros | 100 % del SMI | 1.221 €* |
| Cada miembro adicional del empleador | 25 % del SMI | 305,25 €* |
*Estas cantidades se calculan después de descontar el salario bruto que deba abonarse a la persona trabajadora.
Los porcentajes están recogidos en el Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024.
Medios económicos para la estancia por estudios en 2026
Para solicitar una estancia por estudios en España, el estudiante debe acreditar mensualmente el 100 % del IPREM.
En 2026, las cantidades mínimas son:
- Estudiante: 600 euros por cada mes de estancia.
- Primer familiar: 450 euros mensuales adicionales.
- Cada familiar posterior: 300 euros mensuales adicionales.
Por ejemplo, un estudiante que vaya a permanecer diez meses en España deberá acreditar, como referencia general:
600 € × 10 meses = 6.000 euros.
Si viaja con su pareja:
(600 € + 450 €) × 10 meses = 10.500 euros.
El dinero destinado al pago de la matrícula no puede utilizarse simultáneamente para justificar la manutención. En cambio, cuando el alojamiento esté abonado por adelantado durante toda la estancia, la normativa permite valorar esta circunstancia al calcular los recursos necesarios.
También pueden tenerse en cuenta becas, ayudas, una declaración de sostenimiento, ingresos propios o un contrato de trabajo válido cuando la autorización permita trabajar.
Residencia no lucrativa: cuánto dinero hay que demostrar
La residencia no lucrativa exige uno de los niveles económicos más elevados. El solicitante principal debe acreditar el 400 % del IPREM, más el 100 % del IPREM por cada familiar.
Cálculo anual de la residencia no lucrativa
| Unidad familiar | Importe mensual | Importe para 12 meses |
|---|---|---|
| Una persona | 2.400 € | 28.800 € |
| Solicitante y un familiar | 3.000 € | 36.000 € |
| Solicitante y dos familiares | 3.600 € | 43.200 € |
| Solicitante y tres familiares | 4.200 € | 50.400 € |
Extranjería o el consulado no revisan únicamente el saldo de la cuenta. También pueden valorar:
- La estabilidad y regularidad de los ingresos.
- La titularidad del dinero.
- La disponibilidad de los fondos desde España.
- El origen lícito del patrimonio.
- La existencia de obligaciones, préstamos o cargas económicas.
- La permanencia previsible de los recursos durante toda la residencia.
Presentar un ingreso elevado pocos días antes de la solicitud, sin explicar su procedencia, puede provocar un requerimiento.
IPREM para reagrupación familiar en 2026
En la reagrupación familiar del régimen general se exige acreditar ingresos periódicos equivalentes al:
- 150 % del IPREM para una unidad formada por el reagrupante y un familiar: 900 euros mensuales.
- 50 % adicional del IPREM por cada miembro posterior: 300 euros mensuales más.
Así, para reagrupar al cónyuge y a un hijo, formando una unidad de tres personas, la referencia general será:
900 € + 300 € = 1.200 euros mensuales.
La Administración evalúa la naturaleza, continuidad y regularidad de los ingresos. Una nómina suficiente durante un solo mes puede no ser adecuada si el contrato está próximo a finalizar o existen periodos recientes sin ingresos.
En determinados expedientes donde se reagrupa a menores pueden aplicarse criterios más favorables y valorarse otras circunstancias familiares. Por eso resulta aconsejable estudiar el caso concreto antes de concluir que no se alcanza el requisito.
Arraigo social, sociolaboral y socioformativo
No todos los arraigos utilizan el mismo criterio económico.
En el arraigo social basado en vínculos familiares con personas extranjeras residentes, los medios disponibles deben alcanzar, al menos, el 100 % del IPREM, equivalente a 600 euros mensuales en 2026.
En el arraigo sociolaboral, lo importante es aportar uno o varios contratos que garanticen el SMI o el salario del convenio en proporción a la jornada. La suma de los contratos debe representar, con carácter general, un mínimo de veinte horas semanales.
El arraigo socioformativo puede habilitar para trabajar por cuenta ajena hasta treinta horas semanales. La retribución debe respetar el SMI o el convenio colectivo proporcionalmente a la jornada.
Por tanto, no es correcto afirmar que todos los arraigos exigen simplemente “un IPREM”. Puedes consultar las diferentes opciones en nuestra sección de residencia y autorizaciones en España.
Solvencia económica del empleador que contrata a un extranjero
Cuando el empleador es una persona física, debe demostrar que puede pagar el salario reflejado en el contrato y que, después de abonarlo, conserva recursos suficientes para atender sus propias necesidades familiares.
En 2026, las referencias son:
- Empleador sin familiares a cargo: 610,50 euros mensuales.
- Unidad familiar de dos personas: 1.221 euros mensuales.
- Por cada miembro adicional: 305,25 euros mensuales más.
Estas cantidades deben quedar disponibles después de descontar el salario bruto del trabajador.
Además, si el contrato presentado para una autorización inicial es a tiempo parcial, la retribución total anual debe alcanzar al menos el SMI anual de jornada completa, es decir, 17.094 euros en 2026, sin perjuicio del salario superior que pueda establecer el convenio colectivo.
¿Cómo acreditar correctamente los medios económicos?
Los documentos más habituales son:
- Certificados bancarios recientes con saldo y titularidad.
- Extractos de los últimos seis o doce meses.
- Nóminas y contrato de trabajo.
- Declaraciones tributarias.
- Certificados de pensión.
- Justificantes de alquileres, dividendos u otros rendimientos.
- Becas o ayudas económicas.
- Escrituras de propiedad acompañadas de pruebas de rentabilidad o liquidez.
- Declaraciones de sostenimiento económico, cuando procedan.
- Documentos que expliquen ingresos extraordinarios, ventas o transferencias.
Si los documentos proceden del extranjero, pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada.
El saldo bancario no siempre es suficiente
Un certificado que muestre dinero en la cuenta no acredita necesariamente que los fondos sean estables ni que pertenezcan realmente al solicitante. Para reforzar el expediente:
- Evita movimientos inusuales sin explicación.
- Aporta extractos con suficiente histórico.
- Identifica la procedencia de cada ingreso importante.
- Presenta documentación sobre ingresos futuros.
- Utiliza cuentas a nombre del solicitante o justifica la disponibilidad.
- Convierte las cantidades a euros mediante una referencia de cambio verificable.
Errores frecuentes al calcular los medios económicos
Los fallos más habituales son:
- Confundir el IPREM con el SMI.
- Aplicar el importe del SMI en 14 pagas a un cálculo anual prorrateado.
- Olvidar los importes correspondientes a los familiares.
- Utilizar el dinero de la matrícula como manutención del estudiante.
- Presentar fondos prestados temporalmente.
- Aportar únicamente una captura de la banca electrónica.
- No justificar transferencias recientes.
- Contar propiedades como si fueran dinero disponible.
- Presentar documentos extranjeros sin traducir o legalizar.
- Calcular el importe con datos de un año anterior.
También conviene comprobar que se está aplicando el régimen correcto. Por ejemplo, determinadas autorizaciones reguladas por la Ley 14/2013, como la de profesionales altamente cualificados o la de nómadas digitales, pueden utilizar requisitos y métodos de cálculo específicos.
Preguntas frecuentes sobre los medios económicos en 2026
¿El IPREM ha subido en 2026?
A fecha de actualización de esta guía, el IPREM se mantiene en 600 euros mensuales. El SMI sí ha aumentado hasta 1.221 euros en 14 pagas.
¿Puedo acreditar los fondos con una cuenta extranjera?
Sí, siempre que pueda demostrarse la titularidad, disponibilidad y procedencia del dinero. Puede ser necesario traducir los documentos y convertir el saldo a euros.
¿Puede ayudarme económicamente un familiar?
Depende del procedimiento. En algunos trámites se admite una declaración de sostenimiento o los medios de familiares; en otros se exige que el solicitante disponga directamente de los recursos. La relación familiar y la disponibilidad real deben quedar documentadas.
¿Necesito tener todo el dinero en una cuenta?
No siempre. Algunas autorizaciones admiten ingresos periódicos, salarios, pensiones, becas o rendimientos. Sin embargo, una promesa genérica de ayuda o unos ingresos que no estén documentados no suelen resultar suficientes.
¿Para entrar como turista también se utiliza el IPREM?
No se aplica directamente el porcentaje mensual utilizado en las residencias. En 2026, la referencia oficial para la entrada en España es de 121,10 euros por persona y día, con un mínimo de 1.098,90 euros, según la información del Ministerio del Interior sobre requisitos de entrada.
Conclusión
Los medios económicos exigidos por Extranjería en 2026 dependen completamente del procedimiento. El IPREM de 600 euros se utiliza en autorizaciones como la estancia por estudios, la residencia no lucrativa, la reagrupación familiar y determinados supuestos de arraigo. El SMI de 1.221 euros en 14 pagas se aplica principalmente en materia laboral, contratación y solvencia del empleador.
No basta con alcanzar la cantidad mínima. Los recursos deben ser reales, estar disponibles y tener un origen demostrable. Un cálculo incorrecto o una documentación bancaria poco clara pueden terminar en un requerimiento o una denegación.
Siguiente paso: revisamos tus medios económicos antes de presentar la solicitud
En Extranjería Justa podemos calcular la cantidad exacta aplicable a tu unidad familiar, revisar el origen de los fondos y preparar la documentación económica de tu expediente.
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