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RENOVACIÓN ARRAIGO FAMILIAR

¿Qué es la renovación de el arraigo familiar?

En este supuesto no estamos ante una “renovación” como tal, sino que lo que hacemos es una Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (habilitado para trabajar)

¿Qué documentación nos debes enviar para solicitar la renovación de el arraigo familiar ?

  • Pasaporte en vigor, escaneado completo.
  • Copia de NIE que caduca.
  • Empadronamiento en España.
  • En caso de tener a su cargo menores en edad de escolarización obligatoria necesitaremos un informe emitido por las autoridades competentes, autonómicas o estatales, o del centro educativo en el que estén escolarizados los menores.
  • Necesitamos la acreditación de una de las siguientes circunstancias:
    • Si se continúa con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar.
      • Documentación a aportar:
        • Documentación que aportaste en su día para solicitar el arraigo laboral.
    • Si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de seis meses por año y
  • Se ha suscrito un nuevo contrato de trabajo y figurar en situación de alta o asimilada en el momento de la solicitud.
    • Documentación a aportar:
      • Documentación que aportaste en su día para solicitar el arraigo laboral.

 

  • Dispone de un nuevo contrato de trabajo que garantice la actividad laboral del trabajador.
    • Documentación a aportar:
      • Copia del nuevo contrato de trabajo.
  • Si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de tres meses por año.
    • Documentación a aportar:
      • Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
      • Acreditación de que el trabajador ha buscado activamente empleo.
  • Si tiene otorgada prestación contributiva.
    • Documentación a aportar:
      • Acreditación de la concesión de la prestación contributiva.
  • Si es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
    • Documentación a aportar:
      • Acreditación de la concesión de la prestación asistencial.
  • Si la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
    • Documentación a aportar:
      • Acreditación de ser víctima de violencia de género (entre otros, podrá presentar orden de protección o informe del Ministerio Fiscal).
      • Acreditación de que la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
  • Si se puede acreditar haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro.
    • Documentación a aportar:
      • Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
      • Acreditación de que el trabajador ha buscado activamente empleo.
  • Si el cónyuge o la pareja de hecho del trabajador dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.
    • Documentación a aportar:
      • Acreditación de la relación conyugal o de pareja de hecho.
      • Acreditación de los medios económicos.

EXTRANJERÍA JUSTA

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