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RENOVACIÓN TARJETA LARGA DURACIÓN

¿Qué es la tarjeta de larga duración?

Se halla en situación de residencia de larga duración el extranjero que haya sido autorizado a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles. 

El periodo de validez de la tarjeta de larga duración es de 5 años, momento en el cual el extranjero deberá llevar a cabo la renovación. 

La tarjeta de larga duración se otorga en dos situaciones: 

  • Residencia de larga duración
  • Residencia de larga duración UE.

¿Qué documentación nos debes enviar para solicitar la renovación de la tarjeta de larga duración ?

Para la concesión de la tarjeta de larga duración nos debes aportar: 

  1. Para la renovación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero nos debes aportar:
    1. Pasaporte completo en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, previa exhibición del documento original.
    2. Impreso acreditativo del abono de la tasa por tramitación del procedimiento.
    3. Una fotografía, tamaño carnet. 
  2. Para la renovación de la Tarjeta de identidad de Extranjero para residentes de la UE nos debes aportar:
    1. Copia del pasaporte completo en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, previa exhibición del documento original.
    2. Impreso acreditativo del abono de la tasa por tramitación del procedimiento

¿En que situación te debes encontrar para solicitar la tarjeta de larga duración ?

Para poder pedir la tarjeta de larga duración tienes que encontrarte en alguna de las siguientes situaciones:

  • Haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante cinco años. 

La continuidad no se verá afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de un año dentro de los cinco años requeridos.

  • Haber residido cinco años continuados como titular de Tarjeta Azul UE en la Unión Europea, siempre que los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud dicha residencia se haya producido en territorio español. 

La continuidad no se verá afectada por ausencias de la Unión Europea de hasta doce meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de dieciocho meses dentro de los cinco años de residencia requeridos.

  • Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social.
  • Ser residente beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
  • Ser residente y haber nacido en España y al llegar a la mayoría de edad haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.
  • Ser residente que al llegar a la mayoría de edad haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.
  • Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, encontrarse en territorio español y haberle sido reconocido el respectivo estatuto en España.
  • Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o culturar de España

Si te encuentras en alguna de las anteriores situaciones y quieres solicitar la tarjeta de larga duración nos deberás enviar la siguiente documentación: 

  • Copia completa del pasaporte.
  • Certificado de nacimiento.  
  • título de viaje (billete de avión, barco o tren) o cédula de inscripción en vigor.
  • Si es residente en España se deberá aportar 
    • informe emitido por las autoridades autonómicas, o las competentes en cada caso, o del centro educativo que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria.
  • Si no es residente en España en el momento de la solicitud deberá aportar:
    • certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
  • Si eres de la UE envíanos la documentación acreditativa de los periodos de residencia previa como titular de tarjeta Azul-UE en otro Estado de la Unión Europea.

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